Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas

Programa 5: Fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas
Descripción Regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva.
Beneficiarios Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.

Las sociedades cooperativas.

Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.

Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.

Empresas de servicios energéticos.
Requisitos de los arrendamientos Tipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios.

El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.

Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
  • Zonas climáticas D y E: 35%
  • Zona climática C 25%
  • Zonas climáticas alfa, A y B 20%
Antigüedad preferentemente anterior 1996

70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.
Cuantía de la ayuda Límite de la ayuda:
  • Con carácter general 40% de la inversión.
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM
Viviendas unifamiliares:
  • Hasta 12.000€
  • Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
  • Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
Edificios
  • Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
  • Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
  • Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes