Descripción | Financiar las obras de rehabilitación de edificios de viviendas y viviendas individuales, así como obras de urbanización de los espacios públicos adyacentes y obras para la construcción de edificios y viviendas que sustituyan a otros que previamente se han demolido en la misma zona. |
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Beneficiarios | Agente ejecutor de las actuaciones |
Requisitos |
Límite de la ayuda:
70% de la edificabilidad sobre rasante tendrá uso residencial. Límite temporal: 5 años |
Cuantia de la ayuda |
Renovación/nueva construcción: hasta 30.000€/vivienda. Urbanización: hasta 2.000€/vivienda rehabilitada o construida. Realojo: hasta 4.000/año (máx. 3) por unidad de convivencia. Equipos técnicos y oficinas de planeamiento: hasta 1.000€/vivienda Incremento por BIC : 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local. Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios de menos de 5.000 habitantes. |