Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

Dirección General de Planificación y Evaluación

  1. La Dirección General de Planificación y Evaluación asume la obtención, gestión y mantenimiento de los datos necesarios para definir los aspectos fundamentales de la planificación y programación estatales en materia de vivienda con objeto de favorecer el ejercicio del derecho constitucional en todo el territorio nacional, y garantizar los derechos ciudadanos contemplados en el artículo 8 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. En particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
    1. Articular los procedimientos y sistemas necesarios para dar cumplimiento a la obligación que compete a todas las administraciones competentes de compartir la información que cada administración o entidad disponga o elabore en materia de vivienda.
    2. Obtener la información que en desarrollo del servicio de interés general está establecida en la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
    3. Elaborar y mantener actualizado un inventario de parque público de vivienda.
    4. Elaborar una memoria sobre las características del parque público de vivienda y su utilización, debidamente actualizada, que permita la conformación de un mapa de la vivienda social para facilitar su acceso por parte de la ciudadanía. Asimismo, se recogerá la información sobre las actuaciones previstas para reforzar el parque de vivienda social en los próximos años.
    5. Elaborar la información a suministrar, en cumplimiento del principio de colaboración y cooperación, así como en garantía del de trasparencia, sobre el presupuesto invertido anualmente en los diferentes programas de política de vivienda, a través de los instrumentos de colaboración con las administraciones competentes, tal y como detalla el artículo 33 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
    6. Conformar una base de datos de contratos de arrendamiento de vivienda con el objeto de incrementar la información disponible para el desarrollo del Sistema de índices de referencia del precio del alquiler de vivienda.
    7. Potenciar la colaboración público-privada para la óptima ejecución de los proyectos relativos a la nueva economía en su ámbito competencial.
    8. Proponer, coordinar e impulsar la ejecución y seguimiento de las medidas e iniciativas de los departamentos ministeriales y organismos involucrados, en los ámbitos de su competencia.
    9. El análisis, evaluación y gestión de datos sobre el impacto de las políticas públicas en la consecución de los objetivos en materia de vivienda y agenda urbana.
    10. Potenciar la escala, la expansión europea e internacional y las sinergias de las distintas iniciativas en el ámbito de las competencias de vivienda y agenda urbana.
    11. La elaboración de la propuesta de presupuestos que se gestionan en el órgano directivo, así como las propuestas de contratación, su seguimiento y justificación, sin perjuicio de las competencias que en materia de gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados le correspondan a la Subsecretaría u otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.
  2. De la Dirección General de Planificación y Evaluación dependerá, con nivel orgánico de subdirección general, la Subdirección General de Planificación y Evaluación, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en el apartado 1.